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Decreto 170

02.07.2013 11:20

 

El Decreto Supremo Nº 170, establece los requisitos, procedimientos, y pruebas diagnósticas con que deben ser evaluados los/as estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales (NEE) de carácter transitorias, asociadas a Dificultades Específicos del Aprendizaje, a Trastornos Específicos del Lenguaje, a Déficit Atencional, o a Coeficiente Intelectual en el Rango Límite con dificultades en la conducta adaptativa.

Desde esta perspectiva las NEE se definen en función de los apoyos que requieren los estudiantes para participar y progresar en sus aprendizajes. Algunos estudiantes los requerirán de manera transitoria y otros de manera permanente.

La evaluación diagnostica debe ser realizada por un equipo de profesionales idóneos de acuerdo a lo establecido por este decreto, los cuales cumple con el propósito de identificar a aquellos estudiantes con NEE .Su aplicación permitirá definir quienes cumple con los requisitos que establece la normativa para ser beneficiarios directos de la subvención de educación especial.

El decreto regula todos los procedimientos y cuerpos legales relacionados con la subvención que reciben las escuelas especiales y los establecimientos de educación regular que cuentan con Programas de Integración Escolar (PIE).

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Decreto 01/98

02.07.2013 11:17

 

El sistema escolar en su conjunto deberá brindar alternativas educacionales a aquellos educandos que presenten necesidades educativas especiales (Ley de Integración Social Nº 19.284 de 1998 y el Decreto Supremo N° 1 que aprueba reglamento del capítulo II del Título IV de dicha Ley).

Ingreso a la Educación Especial

·         Edad de Ingreso:

La edad de ingreso a la escuela especial es desde que se diagnostica la discapacidad (alrededor de los dos años) hasta los 24 años de edad cronológica pudiendo extenderse en ciertos casos hasta los 26 años de edad.

 

·         Requisitos de Ingreso

·         Certificado de Nacimiento.

·         Certificado que acredite la discapacidad, otorgado por profesionales idóneos (debidamente inscrito en la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva en el Registro de Profesionales no docentes).

·         Antecedentes de estudio, cuando los alumnos provengan de otro establecimiento educacional.

Opciones Educativas

·         Establecimientos de Educación Regular

·         Proyecto de Integración Escolar (PIE): Los establecimientos de educación regular pueden desarrollar Proyectos de Integración Escolar (PIE) para aquellos alumnos y alumnas que presentan discapacidad y Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL).

·         Grupos Diferenciales: Para aquellos alumnos y alumnas que presentan problemas de aprendizaje y/o de adaptación escolar que están

matriculados en los establecimientos de enseñanza regular.

 

 

 

 

 

 

 

·         Escuelas Especiales

 

Son aquellos establecimientos educacionales que imparten enseñanza diferencial o especial a niños, niñas y jóvenes que presentan necesidades educativas especiales asociadas a:

·         Algún tipo de discapacidad: Intelectual, visual, auditiva, motora y alteraciones en la capacidad de relación y comunicación (autismo, disfasia severa).

·         Con Trastorno Específico del Lenguaje (TEL): Las escuelas especiales de lenguaje atienden a niños y niñas de entre 3 y 5 años 11 meses, en niveles Medio Mayor, Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de transición que presenten un Trastorno Específico de Lenguaje (TEL)

 

Profesionales Especialistas exigidos según déficit:

Las Escuelas especiales deben poseer un equipo de profesionales especialistas acorde al tipo de necesidad educativa especial que atienden:

Escuela Especial según déficit

Docentes Especialistas

Otros profesionales especialistas

Déficit visual

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad visual

 

Discapacidad auditiva

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad auditiva

Fonoaudiólogo
Psicólogo

Discapacidad motora

Profesor Educación Especial

Kinesiólogo
Terapeuta Ocupacional

Discapacidad por Graves Alteraciones en la Capacidad de Relación y Comunicación

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad auditiva.

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad intelectual

Psicólogo
Fonoaudiólogo

Discapacidad intelectual

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad intelectual

Psicólogo

Trastornos Específicos del Lenguaje

Profesor Educación Especial, especialista en lenguaje y comunicación

Fonoaudiólogo

 

 

 

 

 

 

 

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Decalracion de Salamanca

02.07.2013 11:15

 

 

Más de 300 participantes, en representación de 92 gobiernos y 25 organizaciones internacionales, se reunieron en Salamanca, España, del 7 al 10 de junio de 1994, a fin de promover el objetivo de la Educación para Todos examinando los cambios fundamentales de política necesarios para favorecer el enfoque de la educación integradora, concretamente capacitando a las escuelas para atender a todos los niños, sobre todo a los que tienen necesidades educativas especiales. La Conferencia, organizada por el Gobierno español en cooperación con la UNESCO, congregó a altos funcionarios de educación, administradores, responsables de las políticas y especialistas, así como a representantes de las Naciones Unidas y las organizaciones especializadas, otras organizaciones gubernamentales internacionales, organizaciones no gubernamentales y organismos donantes. 
La Conferencia aprobó la Declaración de Salamanca de principios, política y práctica para las necesidades educativas especiales y un Marco de Acción. Estos documentos están inspirados por el principio de integración y por el reconocimiento de la necesidad de actuar con miras a conseguir "escuelas para todos", esto es, instituciones que incluyan a todo el mundo, celebren las diferencias, respalden el aprendizaje y respondan a las necesidades de cada cual. Como tales, constituyen una importante contribución al programa para lograr la Educación para Todos y dotar a las escuelas de más eficacia educativa. 
Las prestaciones educativas especiales - problema que afecta por igual a los países del norte y a los del sur- no pueden progresar aisladamente, sino que deben formar parte de una estrategia global de la educción y, desde luego, de nuevas políticas sociales y económicas. Requieren una reforma considerable de la escuela ordinaria. Estos documentos reflejan un consenso mundial sobre las futuras orientaciones de las prestaciones educativas especiales. La UNESCO se siente orgullosa de haber participado en este Conferencia y en sus importantes conclusiones. Todos los interesados deben aceptar ahora el reto y actuar de modo que la Educación para Todos signifique realmente PARA TODOS, en particular para los más vulnerables y los más necesitados. El futuro no está escrito, sino que lo configurarán nuestros valores, nuestra forma de pensar y de actuar. Nuestro éxito en los años venideros dependerá no tanto de lo que hagamos como de los frutos que de nuestros esfuerzos vayamos cosechando.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.           Derechos y obligaciones:

todos los niños tienen derecho a la educación

debe dárseles la oportunidad de alcanzar y mantener un nivel aceptable de conocimientos

cada niño tiene características, intereses, capacidades, y necesidades de aprendizaje que le son propios

los SE y programas deben ser diseñados y aplicados teniendo en cuenta todas estas diferentes características y necesidades

las personas con NEE deben tener acceso a las

escuelas ordinarias que deberán integrarlos en una pedagogía centrada en el niño, capaz de satisfacer esas necesidades

 

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Educando para la Diversidad