LEY 20.201

02.07.2013 11:34

 

Incrementa la subvención de educación especial para discapacidades más severas y perfecciona la normativa que regula a la educación especial.

Tratándose del incremento para las discapacidades más severas, la ley deja en manos de su Reglamento determinar los requisitos, instrumentos o pruebas diagnósticas para establecer los alumnos con necesidades educativas especiales que se beneficiarán de la subvención, debiendo, primero, escuchar a los expertos en las áreas pertinentes. Con todo, el Reglamento considerará, entre otras discapacidades, los déficits atencionales y los trastornos específicos del lenguaje y aprendizaje.

La normativa establece una subvención para alumnos con Necesidades Educativas Especiales de Carácter Transitorio, la que, cuando se trate de alumnos atendidos en la enseñanza regular, podrá fraccionarse y pagarse en relación a las horas de atención que efectivamente requiera el alumno para la superación de su déficit, de acuerdo a lo establecido en el reglamento correspondiente. En las escuelas de educación especial, no se aplicará el pago diferenciado.

La ley define al “profesional competente”, como la persona idónea que se encuentre inscrita en la Secretaría Ministerial de Educación respectiva. Y excluye de esta categoría al profesional que tenga la calidad de sostenedor de una escuela especial o de un establecimiento con proyectos de integración o el cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive, de un sostenedor de los mismos establecimientos.

La normativa ordena cancelar la inscripción, en la Secretaría Regional Ministerial de Educación, del profesional que efectúe diagnósticos con clara intención fraudulenta destinada a obtener la subvención, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan. La ley considera infracción grave, el uso de parte del sostenedor de un diagnóstico fraudulento para obtener la subvención de que trata este artículo.

—————

Volver


Contacto

Educando para la Diversidad