Decreto 01/98

02.07.2013 11:17

 

El sistema escolar en su conjunto deberá brindar alternativas educacionales a aquellos educandos que presenten necesidades educativas especiales (Ley de Integración Social Nº 19.284 de 1998 y el Decreto Supremo N° 1 que aprueba reglamento del capítulo II del Título IV de dicha Ley).

Ingreso a la Educación Especial

·         Edad de Ingreso:

La edad de ingreso a la escuela especial es desde que se diagnostica la discapacidad (alrededor de los dos años) hasta los 24 años de edad cronológica pudiendo extenderse en ciertos casos hasta los 26 años de edad.

 

·         Requisitos de Ingreso

·         Certificado de Nacimiento.

·         Certificado que acredite la discapacidad, otorgado por profesionales idóneos (debidamente inscrito en la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva en el Registro de Profesionales no docentes).

·         Antecedentes de estudio, cuando los alumnos provengan de otro establecimiento educacional.

Opciones Educativas

·         Establecimientos de Educación Regular

·         Proyecto de Integración Escolar (PIE): Los establecimientos de educación regular pueden desarrollar Proyectos de Integración Escolar (PIE) para aquellos alumnos y alumnas que presentan discapacidad y Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL).

·         Grupos Diferenciales: Para aquellos alumnos y alumnas que presentan problemas de aprendizaje y/o de adaptación escolar que están

matriculados en los establecimientos de enseñanza regular.

 

 

 

 

 

 

 

·         Escuelas Especiales

 

Son aquellos establecimientos educacionales que imparten enseñanza diferencial o especial a niños, niñas y jóvenes que presentan necesidades educativas especiales asociadas a:

·         Algún tipo de discapacidad: Intelectual, visual, auditiva, motora y alteraciones en la capacidad de relación y comunicación (autismo, disfasia severa).

·         Con Trastorno Específico del Lenguaje (TEL): Las escuelas especiales de lenguaje atienden a niños y niñas de entre 3 y 5 años 11 meses, en niveles Medio Mayor, Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de transición que presenten un Trastorno Específico de Lenguaje (TEL)

 

Profesionales Especialistas exigidos según déficit:

Las Escuelas especiales deben poseer un equipo de profesionales especialistas acorde al tipo de necesidad educativa especial que atienden:

Escuela Especial según déficit

Docentes Especialistas

Otros profesionales especialistas

Déficit visual

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad visual

 

Discapacidad auditiva

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad auditiva

Fonoaudiólogo
Psicólogo

Discapacidad motora

Profesor Educación Especial

Kinesiólogo
Terapeuta Ocupacional

Discapacidad por Graves Alteraciones en la Capacidad de Relación y Comunicación

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad auditiva.

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad intelectual

Psicólogo
Fonoaudiólogo

Discapacidad intelectual

Profesor Educación Especial, especialista en discapacidad intelectual

Psicólogo

Trastornos Específicos del Lenguaje

Profesor Educación Especial, especialista en lenguaje y comunicación

Fonoaudiólogo

 

 

 

 

 

 

 

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Contacto

Educando para la Diversidad